lunes, 29 de agosto de 2022

CONTRATO LEONINO

 Un "Contrato leonino” es la expresión coloquial para calificar un contrato considerado en términos legales como abusivo, en el que una de las partes obtiene ventajas exageradamente mayores a las de sus contrapartes.




EJEMPLO DE CONTRATO LEONINO.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SHALALÁ BEAUTY ROOM , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LICENCIADA GERALDY QUETNEE HERNANDEZ GALVAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PATRON Y POR LA OTRA LA C. EDNA MARTINEZ GALVAN Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA TRABAJADORA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

A) Declara LA TRABAJADORA:

1.- Haber nacido el día 19 de Marzo de 1997 tener 25 años de edad, de nacionalidad mexicana con domicilio ubicado en Privada Orquídea 109 Col. Colinas del Mirador 

2.- Tener los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios a LA PATRONA en el puesto de RECEPCIONISTA.

B) Declara EL PATRÓN:

1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País.

2.- Tener su domicilio en Calle Graciano Sánchez 209, Col. Americo Villarreal Guerra 

3.- Tener por Objeto Social el de Ventas y Servicio de Belleza.

4.- Desear utilizar los servicios de LA TRABAJADORA, para desempeñar el puesto de RECEPCIONISTA y los demás que sean similares a dicha actividad.

C L A U S U L A S

PRIMERA.- Este Contrato se celebra por un minimo de tiempo de 12 meses, pudiéndose extender este tiempo solo si LA PATRONA lo considera necesario.

SEGUNDA.- La TRABAJADORA se obliga a prestar sus servicios personales subordinados a LA PATRONA consistentes en el puesto de RECEPCIONISTA, desempeñándolos bajo la dirección y dependencia de LA PATRONA y en general todos aquellos que estén relacionados con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa: Coordinación de la administración de la empresa; Coordinación de la contabilidad externa, Revisión de la cobranza, Seguimiento de facturación de los cierres mensuales de proyectos, Control estricto de los movimientos de los estados de cuenta de la empresa así como de las entradas y salidas, Seguimiento de clientes, Programación de citas con nuevos prospectos, Elaboración de reportes de pago a proveedores, Elaboración de recibos, Seguimiento del archivo, Asistencia a la Dirección General ; sin perjuicio de cualesquiera otros que éste le encomiende, debiendo desempeñar sus servicios en el domicilio de la empresa o en cualquier otro que esta le indique.

TERCERA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato

conforme a la cláusula que antecede los desempeñara LA TRABAJADORA, en

CIUDAD VICTORIA, pero LA PATRONA podrá en cualquier momento fijar a LA

TRABAJADORA otro lugar de trabajo dentro del ESTADO DE TAMAULIPAS.

CUARTA.- Por sus servicios a LA PATRONA, durante la vigencia del presente contrato, LA TRABAJADORA percibirá un salario mensual por la cantidad de $3,890.00, con las deducciones correspondientes por la cantidad de $ 483.00 por concepto de SAR. Y $ 895.00 por concepto de cuota al I.M.S.S., resultando un NETO A PAGAR de $2,512.00 (dos mil quinientos doce pesos 00/100 M. N.), en el que queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y sin días de descanso.

QUINTA.- Las partes convienen en que los servicios de LA TRABAJADORA son

de carácter estrictamente confidencial, por lo que el puesto para el que será

contratada se considerará de confianza para todos los efectos legales.

SEXTA.- La duración de la Jornada de Trabajo será de lunes a domingo , de

las 9:00 horas. a las 21:00 horas, sin descanso para consumir alimentos; Siendo 

esta la duración máxima de la jornada y quedando estrictamente prohibido el 

trabajar menos horas sino con el consentimiento previo y permiso por escrito

debidamente firmado por LA PATRONA, en el que se señale, la fecha, las horas, el

motivo, y el monto a pagar.

SEPTIMA.- Para efectos del Seguro Social LA PATRONA dará de alta a LA

TRABAJADORA y cubrirá sus aportaciones del sueldo de la trabajadora.

OCTAVA.- LA TRABAJADORA no podrá disfrutar de un periodo vacacional, solo 

si asi lo decide LA PATRONA, si es el caso, este periodo se disfrutará sin goce de 

prima vacacional.

NOVENA.- LA PATRONA se reserva el derecho a dar por terminado el presente

contrato en cualquier tiempo que ella decida.

DECIMA.- LA TRABAJADORA reconoce que todos los artículos, estudios, escritos,

formatos, expedientes, documentos, libros, mobiliario, información verbal que se le proporcione con motivo de la relación de trabajo, así como los que la propia trabajadora prepare o formule con relación con sus servicios; son propiedad exclusiva de LA PATRONA en todo tiempo y se obliga a conservarlos en buen estado, a no sustraerlos del lugar de trabajo salvo por necesidades de servicio y con autorización expresa y por escrito de LA PATRONA en el momento en que así se requiera por lo que en caso contrario se le responsabilizara de cualquier perdida o faltante.

DECIMO PRIMERA.- LA TRABAJADORA se obliga a no divulgar ninguno de los

aspectos de los negocios de LA PATRONA, ni proporcionara a tercera persona,

verbalmente o por escrito, directa o indirectamente, información alguna sobre los

sistemas y actividades de cualquier clase que observe de LA PATRONA y no en el

desarrollo de sus actividades y no mostrara a terceros los documentos, expedientes, escritos, artículos, contratos, bitácora, estados de cuenta, y de mas materiales e información que le proporcione EL PATRON o que prepare o formule con relacióna sus servicios.

DECIMO SEGUNDA.- LA TRABAJADORA se obliga no obstante de la rescisión del  presente contrato, a no divulgar ni a servirse personalmente de los negocios de LAPATRONA, que fueren de su conocimiento con motivo de la relación de trabajo ni a proporcionar a terceros la información y documentos señalados en la cláusula que antecede. Para el caso contrario LA TRABAJADORA quedara sujeta a la responsabilidad civil por daños y perjuicios que causare a LA PATRONA, así como a las sanciones de carácter penal a que se hiciere acreedora.

DECIMO TERCERA.- LA PATRONA no reconocerá la antigüedad de la  TRABAJADORA.


Leído que fue por ambas partes este documento ante los testigos que también

firman e impuestos de su contenido y sabedores de las obligaciones que contraen,

lo firman por duplicado en Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los 26 días del mes de

AGOSTO del año 2022 .

             PATRONA                                                             TRABAJADORA

GERALDY HERNANDEZ GALVAN                                    EDNA MARTINEZ GALVAN

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